ALGUNAS NOVEDADES EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES DEL 2025

ALGUNAS NOVEDADES EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES DEL 2025
Rebaja de tipos
Para el ejercicio que ahora se cierra el tipo general sigue siendo del 25%. Este tipo se seguirá aplicando, entre otras, a las entidades que no tengan la naturaleza de reducida dimensión (cifra de negocios inferior a 10 millones de €, art. 101 LIS) y a las entidades patrimoniales, esto es, aquellas en la que más de la mitad de su activo esté constituido por valores o no esté afecto, en los términos del apartado anterior, a una actividad económica (art. 5 LIS).
Para las entidades de reducida dimensión, el tipo del impuesto se reduce al 24% (en 2024, el 25%) y para las microempresas, aquellas que su cifra de negocios es inferior a un millón de euros, los tipos se rebajan a:
La parte de la base imponible hasta 50.000, el 21% (en 2024, el 23%)
El resto de la base, el 22% (en 2024, el 23%)
Siempre que ambas no se califiquen fiscalmente como entidades patrimoniales, como queda dicho.
Consideración aparte tienen las entidades a las que se les aplican tipos especiales según el artículo 29 de la LIS, particularmente: entidades de nueva creación; cooperativas fiscalmente protegidas; sociedades y fondos de inversión. También tienen tipos especiales las entidades de crédito y entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos (30%); las que carecen de fines lucrativos; las acogidas al régimen Económico y Fiscal de Canarias; y las SOCIMIS.
Tributación mínima
Por primera vez se establece una tributación mínima del 15% sobre el resultado contable para las entidades que forme parte de un grupo multinacional o de un grupo nacional de gran magnitud, cuando al menos, en dos de los cuatro periodos impositivos inmediatamente anteriores al inicio del periodo impositivo, el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de entidades del grupo del que formen parte sea igual o superior a 750 millones de euros de acuerdo con los estados financieros consolidados de la entidad matriz última (Ley 7/2024 de 20 de diciembre).
Ventaja para las sociedades que refuercen su capital
La Ley 7/2024 ha incrementado, para los ejercicios iniciados el uno de enero de 2025 y sucesivos, la reducción del 10% de la base imponible, como venía siendo, al 20% actual, de las dotaciones a la Reserva de Capitalización (art. 25 de la LIS); la reducción puede subir hasta el 30% si se acompaña con un incremento de la plantilla
Esta ventaja fue tratada con más amplitud en nuestra nota de 16/1/2026. Ver el enlaceSE AMPLÍA LA REDUCCIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES DE 2025 POR DOTAR LA RESERVA DE CAPITALIZACIÓN
En cuanto a la prórroga para 2025 de la libertad de amortización de instalaciones que para el autoconsumo de energías renovables prevista en el Real Decreto Ley 9/2024, hay que recordar que este R.D.L. no fue convalidado por las Cortes, de modo que decayó su vigencia.